Protección de mercaderías durante el traslado terrestre, aéreo, marítimo o fluvial. Cobertura esencial para transportistas y dueños de carga.
La Legislación Argentina establece que el transportista asume la responsabilidad legal sobre las mercaderías desde su recepción hasta la entrega al destinatario. Esta obligación cobra especial importancia en operaciones con mercaderías de alto valor. Contar con una cobertura adecuada resulta clave para evitar pérdidas económicas ante un eventual siniestro.
| Cobertura | ¿Qué incluye? |
|---|---|
| Básica | Choque, vuelco, incendio y desbarrancamiento del vehículo transportador. |
| Robo | Cobertura ante robo total de la carga con o sin violencia. |
| Robo, Hurto y Falta de Entrega | Robo, hurto parcial y no entrega total o parcial de la mercadería. |
| Desaparición | Cobertura ante desaparición total de la carga y del vehículo transportador. |
| Robo en carga y descarga | Protección específica durante las operaciones de carga y descarga en depósitos o fábricas. |
| A favor del transportista | Cobertura de la responsabilidad civil del transportista frente al dueño de la carga. |
¿Quién debe contratar el seguro? Puede hacerlo el dueño de la mercadería (para proteger su inversión) o el transportista (para cubrir su responsabilidad ante el cliente). En muchos contratos de transporte, el seguro de carga es un requisito obligatorio del comitente.